"(...) La banca española nunca debió ser rescatada: sus
acreedores, y no los contribuyentes, tendrían que haber sido quienes
sufrieran las pérdidas derivadas de sus malas inversiones.(...)
Hasta la fecha, y de acuerdo con el último informe del Tribunal de Cuentas,
la jugada nos ha salido por 60.718 millones de euros, unos 3.300 euros
por familia española. El coste todavía no es definitivo: y no solo
porque, como le gusta repetir al Gobierno y a su prensa afín, pueda
terminar rebajándose en unos pocos miles de millones a través de la privatización de Bankia y de Banco Mare Nostrum,
sino porque también podría terminar aumentando como consecuencia de la
imputación de nuevas pérdidas a los esquemas de protección de activos
otorgados por el Tesoro a los compradores de las entidades financieras
rescatadas.
No en vano, estos esquemas de protección de activos ya nos
han costado hasta la fecha 10.389 millones de euros, y hay otros 10.900
millones que podrían verse afectados durante los próximos años.
Y he ahí el auténtico escándalo destapado por el Tribunal de Cuentas que
debería haber copado la atención de todos los medios de comunicación:
no el cálculo preciso del coste provisional del rescate bancario —algo
que, 'grosso modo', ya conocemos desde hace años—, sino las irregularidades, torpezas y arbitrariedades detectadas por el Tribunal en el comportamiento del FROB
y que bien podrían haber encarecido artificial e innecesariamente la
factura del rescate injustamente soportado por todos los españoles.
Así, según denuncia el Tribunal de Cuentas, el FROB ni siquiera aprobó un protocolo de actuación
que contuviera las pautas básicas a seguir en el proceso de
privatización de las entidades rescatadas: “Excepto en los casos de NCG y
CX, el FROB no aprobó durante el periodo fiscalizado un procedimiento
que estableciera las reglas básicas aplicables a cada una de las ventas
de entidades de crédito”.
O dicho de otra manera, el FROB actuó de
manera completamente libérrima a la hora de vender las cajas
recapitalizadas con dinero público a otras entidades financieras: actuó
libérrimamente, por tanto, a la hora de escoger al comprador, de fijar
el precio y de determinar las condiciones de la operación.
Imaginen
por un momento el gigantesco poder que detentaron los miembros del FROB
sin siquiera hallarse sujetos a los más mínimos controles: manejaron
decenas de miles de millones de euros de los contribuyentes para
reflotar a compañías quebradas que luego pudieron regalar a grupos
económicos afines.
En ningún momento, pues, se sometieron a un procedimiento reglado que pusiera coto a su arbitrariedad,
de modo que el riesgo de abuso de poder resulta demasiado grande como
para poderlo soslayar. Un auténtico festín de potencial corrupción.
De hecho, una de las rúbricas donde mayores destrozos pudo haber generado el FROB es, justamente, el de los ya mencionados esquemas de protección de activos
(EPA). Los EPA son garantías frente a pérdidas que otorgó el Estado a
los compradores de cajas quebradas para que aceptaran adquirirlas.
Por
ejemplo, el Banco Sabadell compró la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) a cambio de un euro,
ya que aceptó hacerse cargo de todas las deudas de la CAM. Sin embargo,
para que la transacción le resultara suficientemente atractiva al
Sabadell, el Estado le prometió que cubriría todas las pérdidas
que se derivaran de los activos más problemáticos de la CAM hasta un
importe de 16.600 millones de euros.
Es decir, en realidad, el Estado
pagó al Sabadell para que se hiciera cargo de la CAM. Lo que ahora nos
está diciendo el Tribunal de Cuentas es que el FROB no se sometió a
ningún control a la hora de determinar qué precio debíamos abonar entre
todos al Sabadell (o a otros bancos que se beneficiaron de los EPA).
Lean el rapapolvo que al respecto recibe el FROB:
El
FROB no determinó los criterios financieros, fiscales y de oportunidad
que debían aplicarse para valorar, ordenar y seleccionar cada uno de los
instrumentos de apoyo financiero que cabría adoptar en cada proceso,
especialmente en los de resolución y venta de entidades; criterios que
resultaban esenciales para poder conseguir el objetivo de asegurar la
utilización más eficiente de los recursos públicos, minimizando los
apoyos financieros públicos, establecido en el artículo 3 de la Ley
9/2012.
A tenor de las graves irregularidades detectadas por el
Tribunal de Cuentas en el manejo del rescate bancario, urge una
investigación mucho más profunda que permita aclarar si hubo o no
administración desleal por parte del FROB y de sus superiores políticos.
Como decíamos, el rescate estatal a cargo del contribuyente jamás debería haberse producido:
pero, una vez tuvo lugar, las administraciones públicas encargadas de
gestionarlo deberían haber orientado todos sus esfuerzos en minimizar el quebranto que iba a suponer para el contribuyente.
El Tribunal de Cuentas acaba de revelar que no se siguieron los
procedimientos mínimamente exigibles para hacerlo. Toca clarificar y, en
su caso, depurar responsabilidades. Ya basta de que la
oligarquía político-financiera juegue con las cartas marcadas, de que
les paguemos la fiesta y de que, para más inri, nos inflen
descaradamente las facturas." (Juan Ramón Rallo, El Confidencial, 13/01/17)
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