23.5.17

Las familias que se declaran insolventes se disparan el 42,9% en un año

"Los concursos de acreedores que se declararon en el primer trimestre del año sufrieron un repunte del 3,9% con respecto al mismo periodo del año anterior. Sin embargo, la subida no se debe a las empresas, la figura habitual de estos procedimientos. El alza responde a las familias que se acogieron a la insolvencia, que son 263 en total (frente a las 1.056 empresas), lo que supone un crecimiento del 42,9% en solo un año.

La cifra de familias declaradas insolventes entre enero y marzo (262) es la más alta en un solo trimestre desde el último periodo de 2014, y la mayor para un primer trimestre desde 2010. Además, el repunte es el segundo consecutivo. En la comunidad donde más familias se acogieron a estos procesos fue en Cataluña (81 de las 263 que hay). Le siguen la Comunidad Valenciana y Madrid, con 44 y 24, respectivamente.

“Es ciertamente una subida fuerte. También crece mucho entre los autónomos”, señala Alberto Velasco, secretario técnico del Registro de Economistas Forenses, REFOR, un órgano especializado del Consejo General de Colegios de Economistas. El alza, comenta, no se debe a un único motivo, sino a una mezcla de factores. 

Pero señala que es una muestra clara de que las medidas aprobadas entre 2014 y 2015 para ofrecer una vía extrajudicial a los hogares no están funcionando. La llamada Ley de Segunda Oportunidad, explica, dejó fuera algunos aspectos clave.

“Los concursos de acreedores son procesos largos y caros. Exigen un procurador y un abogado”, recuerda. La alternativa extrajudicial que se ofreció, sin embargo, no permite incluir en el proceso, entre otras cosas, el crédito público. 

Es decir, las deudas con Hacienda o la Seguridad Social. Además, la antigüedad de las deudas para que se puedan optar a ser condonadas debe ser de cinco años, frente a los tres años que recomendaba la Comisión Europea.

“También puede haber un efecto por los avales”, señala como un factor extra que ha podido influir en la subida concursos de acreedores de familias. Tampoco estos están incluido en los procesos de la Ley de Segunda Oportunidad.

Y producen un efecto dominó. Es decir: si una persona se ahoga en deudas, la que avaló sus créditos también acaba contagiado cunado se ejecutan. De ahí que la declaración de concurso de uno, pueda llevar al concurso del avalista.  (...)"                   (Cristina Delgado, El País, 09/05/17)

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